Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Helzytería.
Expediente: M-4352011
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9060546
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4352011
Fecha de resolución: 26/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la CLASE 29:" platos preparados" es impreciso. Debería quedar definido como "platos preparados a base de ", especi ficando los productos de dichos platos preparados y ajustándose a la clasificación."comidas salu dables listas para consumir" es impreciso, por lo que debería ajustarse a la Clasificación Internaci onal de Niza o bien eliminar el término."alimentos proteicos" es impreciso, debería ajustarse a la clasificación o eliminarlo."otros alimentos frescos y procesados aptos para consumo inmediato " es impreciso, ajustarse a la clasificación o eliminar.Los productos que en sí mismos sean igua les o muy similares a otros ya especificados no deben repetirse, por lo que deberían quedar eliminad os.En la CLASE 30:"platos preparados a base de cereales, arroz o pasta" es impreciso, deberí a quedar definido como "platos preparados que contienen [principalmente] arroz""postres" es impr eciso, debería establecerse un nuevo término como "postres preparados [confitería]" o "postres prepa rados [pasteles]""alimentos listos para llevar basados en carbohidratos" es impreciso, debería a justarse a la clasificación o bien eliminarlo.En la CLASE 35:"gestión de tiendas físicas y digitales" es impreciso, pudiendo quedar definido como "gestión empresarial de tiendas físicas y di gitales"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o ser vicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada n ueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan elec trónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud res pecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.31.3 Productos/ servicios mal clasificadosLa lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios cla sificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su R eglamento). En concreto:En la CLASE 30:"snacks saludables" está clasificado erróneamente, debe ría encuadrarlo en la CLASE 29 como "snacks a base de leche" o "snacks a base de coco" o bien elimin arlo.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los de fectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servic ios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nuev a clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electró nicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respec to a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que co mo contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados e n el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglame nto para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas