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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo HAKU SUOH.


Suspenso de fondo de marca

HAKU SUOH

Expediente:  M-4336812

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos (art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 del Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), ya que los productos están definidos y clasificados incorrectamente.En concreto, "tote bags", reivindicado para la clase 25, pertenece a la clase 18. Del mismo modo, la lista de productos y servicios debe estar redactada completamente en castellano, por lo que se propone su sustitución por "Bolsos de tela" en la citada clase 18. Asimismo, los "pañuelos" reivindicados para la clase 25 se consideran imprecisos, toda vez que pueden presentar diferentes utilidades y estar elaborados con diferentes materiales, lo cual determinaría su encuadramiento en diferentes clases de la Clasificación Internacional.Se propone su sustitución por "Pañuelos [ropa]", en la misma clase 25.Debe aportarse nueva lista completa de los productos y servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos de conformidad con la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación deNiza). En caso de optar por la reivindicación de productos de una nueva clase, deberá abonar la cantidad de 82,84/97,48 euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifaprimera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 encaso contrario). Si no se subsanase en plazo se tendrá por desistida la solicitud en lo referente alos productos y servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida lasolicitud con respecto de la clase para la que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Si desea consultar el listadode clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta CLINMAR: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Identificado de publicación:  9321490

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4336812

Fecha de resolución:  29/06/2026

Clases:  25

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 06/07/2026 Tomo: 1 Anuncio:9321490 

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