Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de mayo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo HACKBCN.
Expediente: M-4273984
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.l) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que reproduzcan o imiten el escudo, la bandera, las condecoraciones y otros emblemas de España, sus Comunidades Autónomas, sus municipios, provincias u otras entidades locales, a menos que medie la debida autorización. En concreto, el signo solicitado reproduce la bandera de Cataluña, sin constar en el expediente la debida autorización. Esta prohibición podrá subsanarse aportando la debida autorización o pasando los colores de la bandera a escala de grises. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8507722
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4273984
Fecha de resolución: 25/04/2025
Clases: 41