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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo GORILLA FISTS.


Solicitud de marca suspendida

GORILLA FISTS

Expediente:  N-0492022

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  8990648

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0492022

Otra información:  Y OTROS

Fecha de resolución:  28/01/2026

Irregularidades:  La DENOMINACIÓN debe ser coincidente con los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo aportado no aparece la denominación. Puede eliminar la denominación o incluirla en el distintivo, sin que ello suponga una modificación sustancial del distintivo solic itado. El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Este apartado es de cumplimentación fac ultativa, por lo que puede eliminar estas indicaciones.La lista de productos y servicios conti ene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembr e, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-En la clase 25 "RASHGUARD; LICRAS; POLOS DE PORTIVOS; CINTURON BJJ" puede quedar definido como "PRENDAS DEPORTIVAS (RASHGUAR); PRENDAS DE VESTIR DE TEJIDO ELÁSTICO; POLOS; CINTURONES DEPORTIVOS PARA ARTES MARCIALES".-"VENDAS DE BOXEO; TIBIAL ES" van a la clase 28 como " ARTICULOS DEPORTIVOS; PROTECCIONES DEPORTIVAS"Apórtese un nuevo li stado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá po r desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del R eglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82 ,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en pl azo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso d e forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 1 7/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 04/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:8990648 

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