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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo GOLD SHIP TECH ALL IN NAVAL REPAIRS.


Solicitud de marca suspendida

GOLD SHIP TECH ALL IN NAVAL REPAIRS

Expediente:  N-0486768

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Descripcion Distintivo:  Embarcacion en color dorado y azul electrico de tres pisos sobre el mar en color azul cyan, y fondo negro. La imagen esta enmarcada por un recuadro en color dorado y amarillo. En la parte superior esta escrito gold ship tech en color dorado y subrayado en color dorado. En la parte inferior esta escrito all in naval repairs en color blanco y gris

Identificado de publicación:  8722611

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0486768

Fecha de resolución:  26/08/2025

Irregularidades:  Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo (debe eliminar la coma).En caso de no contestar al suspen so se procederá a cambiar de oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se puedan apre ciar.Debe corregir el apartado "reivindicación de color" indicando exclusivamente los colores qu e se visualizan en el distintivo. Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indic aciones.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsa nando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según estable ce el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas. La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados in correctamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "servicios de instalación y reparación" es impreciso. Puede eliminarlo del listado .Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicam ente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herr amienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar /inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que n o se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso d e forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 1 7/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 02/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8722611 

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