Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo GM DENTAL ALCOBENDAS.
Expediente: N-0493547
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9035418
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0493547
Fecha de resolución: 17/02/2026
Irregularidades: El tipo de distintivo que ha seleccionado en la solicitud es denominativo, pero ha adjuntado una ima gen junto con la solicitud. Confirme si desea el registro solo del nombre (DENOMINATIVO) o del nombr e y la imagen (FIGURATIVO). La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y preci sión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En conc reto: -"ESTÉTICA" es impreciso. Podría quedar definido como: "ODONTOLOGÍA COSMÉTICA".-"CIRUG ÍA ORAL E IMPLANTOLOGÍA" es impreciso. Debe separar los servicios. Podría quedar definido como: "SER VICIOS DE CIRUGÍA ORAL"; "SERVICIOS DE CIRUGÍA DE IMPLANTES DENTALES".-"ODONTOLOGÍA CONSERVADORA Y ESTÉTICA" es impreciso. Podría quedar definido como: "ODONTOLOGÍA COSMÉTICA CONSERVADORA".-"P ERIODONCIA", es impreciso. Debe ajustarse a la Clasificación Internacional de Niza o eliminarlo ya q ue ya constan los Servicios odontológicos.-"PRÓTESIS", es impreciso. podría quedar definido como : "SERVICIOS DE AJUSTE DE PRÓTESIS DENTALES".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctame nte. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicam ente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/cl inmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trá mite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR S UBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN EST ABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MAR CAS