Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo GLOW FOODS.
Expediente: M-4342655
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9033563
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4342655
Fecha de resolución: 17/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 05:- "Complementos alimenticios y nutracéuticos" debe quedar definido como "COMPLEMENTOS DIETÉT ICOS ALIMENTICIOS Y NUTRACÉUTICOS PARA USO TERAPÉUTICO".- "suplementos dietéticos en polvo" debe de quedar definido como "SUPLEMENTOS DIETÉTICOS EN FORMA DE POLVO".- "mezclas funcionales a bas e de vitaminas, minerales, colágeno, ácido hialurónico, adaptógenos y extractos vegetales" debe de q uedar definido como "PREPARADOS DE MEZCLAS DE VITAMINAS, MINERALES, COLÁGENO, ÁCIDO HIALURÓNICO, ADA PTÓGENOS Y EXTRACTOS VEGETALES".Clase 32:- "preparados en polvo para bebidas funcionales" de be de quedar definido como "COMPLEMENTOS NUTRICIONALES EN POLVO PARA ELABORAR BEBIDAS".- "mezcla s solubles para bebidas de frutas, extractos vegetales, café, cacao o té" debe de quedar definido co mo "MEZCLAS SOLUBLES PARA BEBIDAS A BASE DE FRUTAS, EXTRACTOS VEGETALES, CAFÉ, CACAO O TÉ".Clase 29:- "Productos alimenticios funcionales a base de frutas, proteínas, superalimentos, cereales, frutos secos, semillas o extractos vegetales; mezclas en polvo para la preparación de snacks o bola s energéticas; alimentos saludables enriquecidos con colágeno, vitaminas y minerales" es impreciso y debe ajustarse a la Clasificación.Clase 35:- "Servicios de comercio al por menor y al por m ayor, incluidos los realizados por medios electrónicos, de productos alimenticios, complementos func ionales, bebidas y artículos de bienestar" es impreciso. Puede quedar definido como "SERVICIOS DE VE NTA AL POR MENOR Y AL POR MAYOR, INCLUIDOS LOS REALIZADOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, DE PRODUCTOS ALIM ENTICIOS Y BEBIDAS"."Complementos funcionales y artículos de bienestar" son imprecisos. Debe esp ecificar los productos.- "gestión de ventas online y físicas, distribución y comercialización en cualquier canal de venta, incluidos establecimientos del canal Horeca y foodservice hoteles, restau rantes, cafeterías, gimnasios, spas y espacios wellness, así como en retail, grandes superficies y o tros puntos de distribución" es impreciso. Puede quedar definido como:o "GESTIÓN DE VENTAS EN LÍ NEA" en la clase 35.o "SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR Y AL POR MAYOR A TRAVÉS DE CUALQUIER CANA L, INCLUIDO EN ESTABLECIMIENTOS, DE (ESPECIFICAR PRODUCTOS)" en la clase 35.o "SERVICIOS DE DIST RIBUCIÓN" y pertenece a la clase 39. - "consultoría y servicios de posicionamiento de marca en e l sector alimentario y de bebidas saludables" es impreciso. Puede quedar definido como "SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN POSICIONAMIENTO DE MARCA EN EL SECTOR ALIMENTARIO Y DE BEBIDAS SALUDABLES; SERVICIOS DE POSICIONAMIENTO DE MARCA EN EL SECTOR ALIMENTARIO Y DE BEBIDAS SALUDABLES".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 de l Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servi cios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsan ase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/ s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUS PENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LI MITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE L A LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS