Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de junio del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo GlobalMedit.
Expediente: M-4262543
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 7952475
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4262543
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 28/05/2024
Irregularidades: 1.Examinada la instancia de solicitud se constata que en la identificación de los datos del solicita nte figura como tal una persona jurídica. Sin embargo, en la casilla reservada al apartado "NOMBRE" se ha consignado nombre y apellidos de una persona física. Si dicha persona física, es el represent ante legal de la persona jurídica no debe de figurar como solicitante. En caso de que esta persona f ísica fuera cotitular junto a la persona jurídica, deberá identificarse correctamente en el apartado de "Añadir solicitante", rellenando los apellidos y nombre en las casillas correspondientes.2.D ebe indicar en el apartado de identificación, en la casilla "APELLIDOS O DENOMINACIÓN SOCIAL", la fo rma jurídica de la entidad solicitante. En caso de que ésta no forme parte de su razón social puede hacerse constar entre paréntesis junto a la mención de que la misma no forma parte de su denominació n social.3.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clas ificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Re glamento). En concreto:"Retiros para el bienestar" adolece de falta de claridad y precisión, debe rá concretar qué productos y/o servicios desea. Podría quedar definido como "formación en materia de salud y bienestar"Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida l a solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento). Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consulta s2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar . euros (tasa ME17 ) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago , se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado l a totalidad de la tasa