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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de septiembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo GASTRO NORM PROFESIONALES HOSTELERIA, bajo la titularidad de MAQUINARIA Y ACCESORIOS PINAR SL.


Suspenso de fondo de marca

GASTRO NORM PROFESIONALES HOSTELERIA

Expediente:  N-0381835

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  4610181

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0381835

Fecha de resolución:  20/09/2018

Clases:  35

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Oposición basada en el art. 8.2 de la Ley de Marcas (Marca Notoria)

Motivos:  02) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto, en la clase 35 donde pone: "Comercialización de productos, utensilios y recambios para la hosteleria", para mantenerlo en la clase 35 deberá solicitarlo indicando el tipo deventa, es decir si es "venta al por mayor", venta al por menor", "venta a través de redes informáticas" de productos, utensilios y recambios para la hosteleria", asímismo en la clase 35 donde pone: ".....y distribución de productos, utensilios y recambios para la hosteleria", deberá solicitarlo en la clase 39 de la misma forma. El resto de servicios solicitados en la clase 35 están correctamente clasificados. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente de euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

Motivos:  03) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/normon/oepm/m-2402143" title="Detalle de la marca NORMON">NORMON</a>NORMON- <a href="/distintivo/normogastro/oepm/m-2957540" title="Detalle de la marca NORMOGASTRO">NORMOGASTRO</a>NORMOGASTRO- <a href="/distintivo/normon/oepm/m-2402142" title="Detalle de la marca NORMON">NORMON</a>NORMON

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 26/09/2018 Tomo: 1 Anuncio:4610181 

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