Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo GAFAS.ES, bajo la titularidad de SUPERVISTA OPTICS SLU.
Expediente: M-4265734
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: SUPERVISTA OPTICS SLU
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los servicios de la clase 35 en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado, "GAFAS.ES" (fig.) carece de carácter distintivo en relación a su ámbito aplicativo, toda vez que no permite identificar dicho signo con una procedencia empresarial concreta. Puede contestar aeste acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 02) La marca solicitada se halla incursa, para los servicios de la clase 35: "Venta al por mayor y al por menor en tienda fisica y/u online a traves de redes mundiales de internet de productos de óptica", en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar los productos referidos a los servicios de venta de la clase 35 para los que se solicita la presente marca: "Gafas.es", ya que está formado por el término "Gafas", y el dominio ".es", y se considera que transmite información directa de los servicios solicitados. Los elementos figurativos de la marca solicitada carecen de distintividad suficiente que permita distinguir la marca solicitada en su ámbito aplicativo. Puede contestar a este acuerdo desuspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8419518
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4265734
Fecha de resolución: 17/03/2025
Clases: 35