Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo FUTSAN, FUTURO SANO.
Expediente: N-0488488
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8810095
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0488488
Fecha de resolución: 20/10/2025
Irregularidades: 1.- La representación del signo distintivo solicitado y la casilla "DENOMINACIÓN", ofrecen una dispa ridad que impide su identificación clara y precisa, debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" tran scribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en la imagen.2.-La lis ta de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 14: Debe establecer la separación de cada producto a través del signo de puntuación ";"-"pulseras" pu ede quedar definido como "Pulseras [artículos de joyería]"-"charms" tiene carácter impreciso, ya q ue no sea admiten expresiones que no sean en castellano. Puede quedar definido como "Colgantes de pu lsera"-"piezas ornamentales" tiene carácter impreciso, debe concretar qué productos desea, ajustán dose a la Clasificación Internacional de Niza. Puede quedar definido como "Artículos de joyería con piedras ornamentales"Clase 35:-"Comercio, distribución minorista y mayorista de los productos" puede quedar definido como "Venta al por menor y/o al por mayor en comercio y/o a través de las red es mundiales de informática de artículos de . (indicando los productos a que se somete dicha venta) Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR pa ra elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los de fectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artícu lo 9.2 del reglamento para la ejecución de la ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas