Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de octubre del 2021 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo FUNDACIÓN H-ABCFUNDACIÓN H-ABC AA.
Expediente: M-4099408
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6426884
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4099408
Fecha de resolución: 18/10/2021
Clases: 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa, en la prohibición del art. 5.1.f) , g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al ser contraria a lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 50/2002 , de 26 de diciembre de Fundaciones, que establece expresamente que sólo las entidades inscritas en el Registro al que se refiere el apartado anterior (Registro de Fundaciones) podrán utilizar la denominación de Fundación, pudiendo inducir al público a error sobre la titularidad de los servicios para los que se solicita.Esta prohibición podrá subsanarse transfiriendon la titularidad de la marca a una Fundación
Motivos: 02) -Art. 62.2) de la Ley de Marcas, sólo podrán solicitar marcas colectivas las asociaciones de productores, fabricantes, comerciantes o prestadores de servicios que tengan capacidad jurídica, así como las personas jurídicas de Derecho público.-Art. 63.1), de la Ley de Marcas y Art. 38.1) del Reglamento de ejecución de la Ley 17/2001 de Marcas, la solicitud de marca colectiva deberá ser acompañada de un reglamento de uso, en el que, además de los datos de identificación de la asociación solicitante se especificarán las personas autorizadas a utilizar la marca, las condiciones de uso de la marca, los motivos por los que puede prohibirse el uso de la marca a un miembro de la asociación y demás sanciones que puedan incurrir.-Art. 38.3) del Reglamento de ejecución de la Ley de Marcas, elReglamento de uso deberá acompañarse de los estatutos de la asociación o entidad solicitante debidamente constituidos e inscritos