Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de abril del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo FUNDACIÓN EDUCATIVA CORAZONISTA.
Expediente: M-4322842
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada incumple lo dispuesto en el art. 62.2 la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), toda vez que el solicitante es una fundación, por lo que no tiene legitimación activa por no considerarse una asociación prestadora de servicios. Solo podrán solicitar marcas colectivas las asociaciones de fabricantes, productores, prestadores de servicios o comerciantes que tengan capacidad, en su propio nombre, para ser titulares de derechos y obligaciones, celebrar contratos o realizar otros actos jurídicos, y que tengan capacidad procesal, así como las personas jurídicas de Derecho público. La solicitud de registro de MARCA COLECTIVA debe ir acompañada de un reglamento deuso y de los estatutos de la entidad solicitante debidamente constituidos e inscritos, de conformidad con lo establecido en los arts. 63.1 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y Art. 38.1 y 3 del Reglamento de la Ley de Marcas. Si por otro lado su intención no era solicitar una MARCACOLECTIVA, puede solicitar el cambio a MARCA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS con un complemento de solicitud. En el caso de que su intención fuese solicitar una marca de productos y servicios y no una marcar colectiva, puede solicitar la devolución de exceso de tasa presentando un formulario 3004X de ingresos indebidos, disponible en el siguiente enlace: https://sede.oepm.gob.es/eSede/comun/Formularios_web/3004X.pdf dirigiendo la solicitud a la Secretaría General
Identificado de publicación: 9158156
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4322842
Fecha de resolución: 13/04/2026
Clases: 41