Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de abril del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo FRUTERÍA MÁS POR MENOS.
Expediente: N-0472752
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8493304
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0472752
Fecha de resolución: 16/04/2025
Clases: 29
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan decarácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que consiste en una denominación que no permite al consumidor identificar los productos que se pretendendistinguir con dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.n) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que incluyan insignias, emblemas o escudos distintos de los contemplados en el artículo 6 ter del Convenio de Parísy que sean de interés público, salvo que su registro sea autorizado por la autoridad competente.En concreto, el signo solicitado contiene una reproducción o imitación de un signo de interés público, en este caso, el símbolo del euro que conforma la letra E en el vocablo MENOS.Puede contestar aeste acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos aportando nuevo distintivo donde se cambie el símbolo del euro por la letra E, toda vez que no supone un cambio significativo, o alegando lo que considere adecuado