Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de enero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Floristeria Rosa de Jericó.
Expediente: N-0468717
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8293007
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0468717
Fecha de resolución: 17/01/2025
Clases: 44
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que se compone exclusivamente de términos genéricos en relación conlos servicios solicitados, toda vez que se está solicitando el nombre común de una planta para servicios de floristería, por lo que el consumidor percibirá el signo solicitado como una referencia a uno de los productos ofrecidos en la floristería y no como un nombre comercial capaz de distinguir los servicios de una empresa de los de otras operando en el mismo mercado.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, alegando lo que considere adecuado