Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Flamenco Persa.
Expediente: N-0490158
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9314864
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0490158
Fecha de resolución: 24/06/2026
Clases: 09, 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que la combinación de vocablos propuesta, "Flamenco Persa", no permite alpúblico consumidor asociar dicho signo con un origen empresarial, ni la individualización en el mercado de productos o servicios; sin incorporar elementos adicionales que lo doten de distintividad.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado