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Información sobre el nombre comercial Fior di Granada con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0467866.

Marca
Fior di Granada

N-0467866

Titular
Nombre

Persona física. Consultar en la OEPM

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 30 HELADOS; CAFE, TE, CACAO Y SUS SUCEDANEOS; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDOS; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTRO HELADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL,PRODUCTOS PARA SAZONAR, ESPECIAS, HIERBAS EN CONSERVA; VINAGRE, SALSAS Y OTOS CONDIMENTOS; HIELO; PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2024-05-16 Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes.
2024-05-23 Publicacion de solicitud.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial Fior di Granada

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  • Denegación total de marca

    Expediente:  N-0467866

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

    Identificado de publicación:  8421759

    Modalidad del signo distintivo:  N

    Número de solicitud:  0467866

    Fecha de resolución:  17/03/2025

    Clases denegadas:  30

    Fecha publicación de la solicitud:  23/05/2024

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 24/03/2025. Núm. 8421759. Tomo: 1 Anuncio:8421759 
  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  N-0467866

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

    Identificado de publicación:  8295811

    Modalidad del signo distintivo:  N

    Número de solicitud:  0467866

    Fecha de resolución:  20/01/2025

    Clases:  30

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobreel origen geográfico de los productos solicitados toda vez que el distintivo incluye el término "GRANADA" que induce a pensar que los "helados; café, te, cacao y sus sucedáneos; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo; productos de pastelería y confitería" reivindicadas proceden de Granada, sin que ello se haya especificado en la lista de actividades solicitada. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades relativas a los productos"MIEL" de la clase 30 en la prohibición del art. 5.1.h) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre).En concreto, el signo solicitado está excluido del registro en virtud del art. 26.1 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que el signo incluye en su denominación el término "GRANADA" que alude a la DOP "Miel de Granada",sin que se haya indicado expresamente que, la miel se halla amparada por la DOP "Miel de Granada".Podrá subsanar estas prohibiciones presentando un nuevo listado de servicios en el que limite a: Helados; café, te, cacao y sus sucedáneos; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo; productos de pastelería y confitería. Todos los anteriores proceden de Granada; Miel amparada por la DOP "Miel de Granada". La miel usada como ingrediente también está amparada por la DOP "Miel de Granada". Se excluyen expresamente del listado los productos comparables a la miel. 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 27/01/2025. Núm. 8295811. Tomo: 1 Anuncio:8295811 
  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  N-0467866

    Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

    Número de solicitud:  0467866

    Identificado de publicación:  7930173

    Modalidad del signo distintivo:  N

    Fecha de desposito regular:  13/03/2024

    Tipo de signo distintivo:  W

    Denominación:  Fior di Granada

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  30-HELADOS; CAFE, TE, CACAO Y SUS SUCEDANEOS; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTROS HELADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, PRODUCTOS PARA SAZONAR, ESPECIAS, HIERBAS EN CONSERVA; VINAGRE, SALSAS Y OTROS CONDIMENTOS; HIELO; PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 23/05/2024. Núm. 7930173. Tomo: 1 Anuncio:7930173 

La información sobre el nombre comercial Fior di Granada que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.