Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo FESTIVAL LITERARIO DE LAS CINCO VILLAS.


Solicitud de marca suspendida

FESTIVAL LITERARIO DE LAS CINCO VILLAS

Expediente:  M-4343211

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9030374

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4343211

Fecha de resolución:  16/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:Clase 41:"creación, producción y difusión de contenidos audiovisuales" es impreciso. P uede quedar definido como:-"Producción de contenidos audiovisuales" en la clase 41.-"Difusión co ntinua de contenidos audiovisuales" en la clase 38."organización de proyecciones y muestras de cine rural bajo la denominación "RuralCine 5/Cinco" " es impreciso y debe eliminar el nombre de la marca. Puede quedar definido como "Planificación de proyecciones de cine rural". "producción y promoción de cortometrajes y documentales" es impreciso. Puede quedar definido como:-"producción de cortometrajes y documentales" en la clase 41.-"promoción de cortometrajes y documentales" en la clase 35. "promoción del talento joven y la creatividad como motor de desarrollo territorial" p ertenece a la clase 35."actividades de fomento de la lectura y de las letras españolas y aragone sas" es impreciso. Puede quedar definido como "Actividades culturales para el fomento de la lectura y de las letras españolas y aragonesas"."promoción y salvaguarda de la cultura y patrimonio inma terial de los pueblos del mundo rural" es impreciso. Puede quedar definido como "promoción de la cul tura y patrimonio inmaterial de los pueblos del mundo rural" y pertenece a la clase 35. Apór tese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señala dos se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de produc tos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s p ara la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a e ste suspenso de forma solo se podrá modificar Se subsanando los defectos señalados en el suspenso, r etirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejec ución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 23/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9030374 

IR A FESTIVAL LITERARIO DE LAS CINCO VILLAS