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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo FESTIVAL DE WHISKY IBÉRICO.


Solicitud de marca suspendida

FESTIVAL DE WHISKY IBÉRICO

Expediente:  M-4350037

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9053179

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4350037

Otra información:  Y OTROS

Fecha de resolución:  24/02/2026

Irregularidades:  La nacionalidad del solicitante no coincide con el tipo de documento de identificación. Debe indicar que la nacionalidad es [ESPAÑOLA] o corregir el [DNI/NIE]. Debe modificar el ESTADO DE NACIONAL IDAD en la solicitud por ESPAÑA, puesto que el primer solicitante aporta un NIF, siendo la nacionali dad del mismo española, y las notificaciones siempre llegan al primer solicitante, así pues la nacio nalidad debe constar como España.La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: "SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE EVENTOS" es impreciso, debe quedar definido como "ORG ANIZACIÓN DE EVENTOS CON FINES DE ENTRETENIMIENTO" u "ORGANIZACIÓN DE EVENTOS CON FINES CULTURALES". "FESTIVALES" es impreciso, debería quedar definido como "ORGANIZACIÓN DE FESTIVALES CON UNA FINA LIDAD DE ENTRETENIMIENTO" u "ORGANIZACIÓN DE FESTIVALES CON UNA FINALIDAD CULTURAL"."CATAS" es i mpreciso, debería quedar definido como "ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE CATAS DE VINO CON FINES DE ENT RETENIMIENTO" u "ORAGNIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE CATAS DE VINO CON FINES DE FORMACIÓN"."TALLERES" es impreciso, debería quedar definido como "TALLERES CON FINES CULTURALES" o "TALLERES CON FINES REC REATIVOS" o "TALLERES DE FORMACIÓN".RECUERDE SEPARAR LOS SERVICIOS POR PUNTO Y COMA (;) Y ELIMIN AR SERVICIOS REPETIDOS.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanas en en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los pr oductos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR p ara elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defe ctos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 03/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9053179 

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