Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de septiembre del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo FÉLIX PALACIOS, bajo la titularidad de PALACIOS ROCA SA.
Expediente: M-4243293
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: PALACIOS ROCA SA
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los siguientes productos de la clase 31: "Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantasy flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar", en la prohibición del art. 5.1.k) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), toda vez que consiste o reproduce en sus elementos esenciales la denominación de una obtención vegetal prioritaria "Felix" (Oryza sativa L., Raphanus sativus L. var. Sativus, Beta vulgaris Sugar Beet Group, Brassica napus var. Napus, Hordeum vulgare L., Allium cepa L. var. Cepa, Lactuca sativa L., Phaseolus vulgaris L., Medicago sativa L., Solanum lycopersicum L., Spinacia oleracea L., Glycine max (L.) Merr., Helianthus annuus L., Zea mays L.,Pisum sativum L., Trifolium resupinatum L., Festuca rubra L., Triticum aestivum L., Osteospermum ecklonis (DC.) Norl.), para arroz, rábano, remolacha, colza, cebada, cebolla, lechuga, judías, alfalfa, tomate, espinacas, soja, girasol, maíz, guisantes, trébol persa, cañuela común, trigo y Elia, respectivamente; y la presente solicitud de registro de marca se refiere a variedades vegetales de la misma especie o estrechamente conexas, registradas de conformidad con la Ley 3/2000 de 7 de enero y Reglamento (CE) 2100/94 del Consejo de 27 de julio de 1994, relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales. La marca solicitada se halla incursa, para los siguientes productos de laclase 31: "Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; ", en la prohibición del art. 5.1.k) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), toda vez que consiste oreproduce en sus elementos esenciales la denominación de una obtención vegetal prioritaria "Palacios" (Solanum lycopersicum L., Beta vulgaris Sugar Beet Group, Brassica oleracea L. (Savoy Cabbage Group), Vicia faba L., Vicia faba L. var. minuta (hort. ex Alef.) Mansf., Zea mays L., Oryza sativa L., Vicia sativa L.), para tomate, remolacha, col silvestre, habas, maíz, arroz y guisantes, y la presente solicitud de registro de marca se refiere a variedades vegetales de la misma especie o estrechamente conexas, registradas de conformidad con la Ley 3/2000 de 7 de enero y Reglamento (CE) 2100/94del Consejo de 27 de julio de 1994, relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales. Esta prohibición podrá subsanarse excluyendo de la lista de productos los relativos a las especies vegetales indicadas, quedando el listado de productos como sigue: "Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras; hortalizas y legumbres frescas; hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar; todo lo anterior excepto rábanos, remolachas, cebollas, lechugas, judías, tomates, espinacas, guisantes, coles silvestres, habas, arroz, soja, maíz, trigo, cebada, colza, alfalfa, tréboles persas, cañuela común, elia; animales vivos; malta"
Identificado de publicación: 8098624
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4243293
Fecha de resolución: 17/09/2024
Clases: 31, 32, 35