Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 12 de febrero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Feextur Federación empresarial extremeña turismo rural.
Expediente: N-0469974
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8324806
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0469974
Fecha de resolución: 05/02/2025
Clases: 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la naturaleza jurídica de su titular, dado que en la denominación se incluye el término "FEDERACIÓN", dando a entender que se trata de una persona jurídica, mientras que el titular es una persona física