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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo FBUS, bajo la titularidad de FERNANBUS SA.


Solicitud de marca suspendida

FBUS

Expediente:  M-4361972

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9150689

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4361972

Fecha de resolución:  08/04/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "SE RVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO" debe quedar definido como "Servicios de transporte masivo para públic o en general", "Transporte de pasajeros por tierra" o "Transporte de viajeros".- "ALQUILER Y CHA RTER DE VEHICULOS CON O SIN CONDUCTOR" debe quedar definido como "Alquiler de vehículos con o sin co nductor". No se admiten términos en idiomas distintos al castellano. - "TRAMITACION DE BILLETES DE VIAJE" debe quedar definido como "Emisión de billetes de viaje", "Reserva de billetes de viaje" o "Tramitación de billetes de líneas aéreas, billetes de cruceros y billetes de tren".- "PROVISIO N DE ZONAS DE ESPERA PARA LA RECEPCION DE SALIDAS Y LLEGADAS DE PASAJEROS" es impreciso. Puede queda r definido como "Facilitación de zonas de descanso temporal para pasajeros" en la clase 43. - "S ERVICIOS DE CALCULO DE ITINERARIOS PARA VEHICULOS EN REDES DE DATOS INFORMATICAS Y SEGUIMIENTO DE VE HICULOS DE PASAJEROS O DE CARGA POR ORDENADOR O GPS" debe quedar definido como "Servicios de cálculo de itinerarios para vehículos en redes de datos informáticas; Seguimiento de vehículos de pasajeros o de carga por ordenador o GPS [información sobre transporte]". Apórtese un nuevo listado consi gnándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento). Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https:/ /consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 eur os (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubi ese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma s olo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, d e 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 15/04/2026 Tomo: 1 Anuncio:9150689 

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