Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de diciembre del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo FANCOCK.
Expediente: M-4286856
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8227345
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4286856
Fecha de resolución: 26/11/2024
Irregularidades: 1.- Apórtese nuevo poder de representación en el que se el poderdante sea la misma persona que figur a en la solicitud presentada. En caso de no subsanar este defecto, se continuará la tramitación elim inándose la representación y continuando el procedimiento con el solicitante (art. 57.3 del Reglamen to de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas).2.- La lista de productos y ser vicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento) En concreto: -"PRODUCTOS DESCARGABLES VIRTUALES" es impre ciso, debe especificar qué tipo de productos, ayúdese de la herramienta CLINMAR: https://consultas2. oepm.es/clinmar/inicio.action.-"SERVICIOS TECNOLÓGICOS, EN CONCRETO DE FACILITACIÓN EN LÍNEA DE PRODUCTOS VIRTUALES Y NO DESCARGABLES PARA SU USO EN ENTORNOS VIRTUALES" adolece de claridad, ya qu e los servicios tecnológicos pertenecen a la clase 42, no a la clase 41 como usted ha indicado. Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realiza n electrónicamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistid a la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento) .Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptad os, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https:/ /consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action