Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 22 de marzo del 2023 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo FAMILIA RUBIO RUIZ.
Expediente: N-0440217
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7278657
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0440217
Fecha de resolución: 14/03/2023
Clases: 33
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todos los productos solicitados en la clase 33, en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), toda vez que incluye en su denominación los términos "RIOJA denominación deorigen calificada" y puede inducir al público a pensar erróneamente que las "BEBIDAS ALCOHOLICAS, EXCEPTO CERVEZAS; PREPARACIONES ALCOHOLICAS PARA ELABORAR BEBIDAS solicitados en la clase 33 están amparados por la DOP "RIOJA", cuando ello no se ha indicado expresamente en la lista de actividades solicitadas.El nombre comercial solicitado se halla incurso, para para todos los productos solicitados en la clase 33, en la prohibición del art. 5.1.h) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al estar excluido de registro en virtud del art. 103.2 del Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que el signo incluye en su denominación los términos "RIOJA denominación de origen calificada" que aluden a la DOP "RIOJA", sin que se haya indicado expresamente en la lista de productos solicitados que los productos anteriormente señalados se hallan amparados por la DOP "RIOJA".Puede subsanar estas prohibiciones limitando la lista de actividades solicitadas en el sentido de indicar que los productos afectados por las prohibiciones son exclusivamente vinos amparados por la referida DOP, quedando la lista de la siguiente manera: "Vinos amparados por la DOP Rioja"
Motivos: 02) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre