Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo EUSKAL ABERTZALETASUNAREN MUSEOA SABINO ARANA FUNDAZIOA.
Expediente: M-4355351
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9089817
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4355351
Fecha de resolución: 12/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "Se rvicios de educación y enseñanza prestados por una fundación cultural y asistencial, servicios de ed ición de textos y de publicación de libros, comocomplemento de los servicios anteriormente citados. Organización y dirección de conferencias. Y servicios propiso de museos (presentaciones y exposicion es)" debe quedar definido como "Servicios de educación y enseñanza prestados por una fundación c ultural y asistencial; servicios de edición de textos y de publicación de libros, como complemento d e los servicios anteriormente citados; Organización y dirección de conferencias; servicios propios d e museos (presentaciones y exposiciones)".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente . Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicament e respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/cli nmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el tr ámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendr á por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalida d de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según es tablece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Ma rcas