Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo EUSKADI QUEDATE, bajo la titularidad de EITB MEDIA SA.
Expediente: M-4344439
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9012527
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4344439
Fecha de resolución: 09/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:relativo a a clase 38 :"servicios de comunicación por televisión"; "difusión de grabaciones sonoras en línea y distribuc ión en línea de grabaciones de vídeo"; "emisión continua de streaming de video"; "emisión y transmis ión por internet así como porredes digitales, de videos, películas, series, programas, imágenes, t exto, informaciones y diversos contenidos multimedia y audiovisuales"; "facilitación de acceso a p lataformas digitales destinadas a la transferencia y divulgación de información así como de contenid os multimedia y audiovisuales", se consideran imprecisos o incorrectamente definidos. Todos los rodu ctos y servicios deben ajustarse a la clasificacion de Niza.relativo a la clase 41:"entretenim iento televisado (esparcimiento)"; "producción de material audiovisual destinado al entretenimiento" ;"publicación y divulgación de informaciones, así como diversos contenidos multimedia y audiovisuale s". se consideran imprecisos o incorrectamente definidos. Todos los roductos y servicios deben ajust arse a la clasificacion de Niza.Debe revisar los productos y/o servicios indicados de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. Apórtese u n nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar s u lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nu eva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan elect rónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud resp ecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Regla mento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas