Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Estudio de grabación 3.0.
Expediente: N-0483955
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9024501
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0483955
Fecha de resolución: 12/02/2026
Clases: 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan decarácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, por consistir en una denominación no distintiva de las actividades reivindicadas, que no permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente por signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza, función y modo de prestación de las actividades para las que se solicita, toda vez que la denominación "Estudio de grabación" constituye una referencia directa y descriptiva de los servicios ofrecidos, y el elemento "3.0" carece de carácter distintivo al limitarse a sugerir una versión o actualización sin aportar capacidad identificadora del origen empresarial. Asimismo, el signo no incorpora ningún elemento gráfico o denominativo adicional que confiera distintividad, por lo que no permite al consumidor identificar el origen empresarial de los servicios ni diferenciarlos de los prestados bajo signos similares en el mercado