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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de junio del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ESTABLU DE ASTURIAS, bajo la titularidad de ESTABLU DE ASTURIAS SL.


Suspenso de fondo de marca

ESTABLU DE ASTURIAS

Expediente:  M-4233509

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Titular:  ESTABLU DE ASTURIAS SL

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a errorsobre la calidad y procedencia geográfica de los productos solicitados dado que contiene el términoAsturias, sin que tal procedencia se haya especificado en la lista de productos. 02) La marca solicitada se halla incursa, para "carne y extractos de carne", en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos excluidos de registro en virtud de la legislación nacional o de la Unión o por acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión o el Estado español, que confieran protección a denominaciones de origen e indicaciones geográficas.En concreto, el signo solicitado está excluido del registro en virtud del art. 13.1 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, toda vez que contiene parte de la Indicación Geográfica Protegida "Ternera de Asturias", sin que los productos citados en el párrafo precedente cumplan con las condiciones a que se refiere la misma. Podrá subsanar las prohibiciones de registro indicadas, limitando la lista de productos, quedando como sigue: CARNE, ESTANDO LA CARNE DE TERNERA AMPARADA POR LA IGP "TERNERA DE ASTURIAS"; PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE, ESTANDO LA TERNERA AMPARADA POR LA IGP "TERNERA DE ASTURIAS"; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE, QUESOS, MANTEQUILLA, YOGUR Y OTROS PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS PARA USO ALIMENTICIO; TODOS ELLOS PROCEDENTES DE ASTURIAS. 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

Identificado de publicación:  7968133

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4233509

Fecha de resolución:  06/06/2024

Clases:  29

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 13/06/2024 Tomo: 1 Anuncio:7968133 

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