Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de septiembre del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo esloquehay.
Expediente: N-0464338
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8101797
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0464338
Fecha de resolución: 18/09/2024
Clases: 43
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso para las actividades solicitadas, en la prohibición del artículo 5.1.b) en relación con el artículo 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que consiste en una frase eslogan o reclamo, que el consumidor percibirá como un reclamo publicitario y no como un signo distintivo capaz de distinguir la actividad de una empresa Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, alegando lo que considere adecuado