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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de octubre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ESENCIA KAMARI.


Suspenso de fondo de marca

ESENCIA KAMARI

Expediente:  M-4282019

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos (art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 del Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), ya que los servicios están definidos incorrectamente, pudiendo generar también defectos en su clasificación.En concreto, los servicios de "TERAPIA ENERGÉTICO ESPIRITUAL CUÁNTICA", de la clase 44, adolecen de imprecisión, al no definirse correctamente su finalidad o su rama de actividad, lo cual conlleva su encuadramiento en diferentes clases de la Clasificación Internacional. Se propone su sustitución, en función de su finalidad, por "TERAPIA ENERGÉTICO ESPIRITUAL CUÁNTICA CON FINES DE TRATAMIENTO", en la clase 44, o por "SERVICIOS ESPIRITUALES, EN CONCRETO, TERAPIA ENERGÉTICO ESPIRITUAL CUÁNTICA", en la clase 45.Debe aportarse nueva lista completa de los servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos de conformidad con la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). En caso de optar por la reivindicación de servicios de una nueva clase, deberá abonar la cantidad de 82,84/97,48 euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanase en plazo se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrápor desistida la solicitud con respecto de la clase para la que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Si desea consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta CLINMAR: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Identificado de publicación:  8774531

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4282019

Fecha de resolución:  01/10/2025

Clases:  41, 44, 45

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 08/10/2025 Tomo: 1 Anuncio:8774531 

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