Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de septiembre del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo EPRESA, bajo la titularidad de EPRESA ENERGIA SA.
Expediente: N-0472805
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8097884
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0472805
Fecha de resolución: 16/09/2024
Irregularidades: Debe corregir el apartado "reivindicación de color" indicando exclusivamente los colores que se visu alizan en el distintivo. Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones. Le informamos que modificaciones no solicitadas en el presente suspenso pueden ocasionar el pago de tasa de modificación y la pérdida de fecha de prioridad.La lista de productos y servicios con tiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/200 1, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "CONTRATOS DE MEDIACION PARA TERCEROS PARA EL SUMINISTRO Y/O VENTA DE ENERGIA ELECTRICA" puede quedar definido como "nterme diación y formalización de operaciones comerciales para terceros, en concreto relacionados con la ve nta de energía eléctrica".-"SERVICIOS DE COMERCIO ELECTRONICO, EN CONCRETO, SUMINISTRO DE INFORM ACION SOBRE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS A TRAVES DE REDES DE TELECOMUNICACIONESCON UNA FINALIDAD PUBLI CITARIA Y DE VENTAS" puede quedar definido como "SERVICIOS DE GESTIÓN COMERCIAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO ELECTRONICO, EN CONCRETO, SUMINISTRO DE INFORMACION SOBRE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS A TRAVES DE REDES DE TELECOMUNICACIONES CON UNA FINALIDAD PUBLICITARIA Y DE VENTAS"Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los product os y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos corr ectamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elabor ar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82.84. euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan el ectrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud r especto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa