Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ENTREGAPP.
Expediente: N-0471096
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8421851
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0471096
Fecha de resolución: 17/03/2025
Clases: 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso para las actividades solicitadas, en la prohibición del artículo 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que la combinación de vocablos que se propone no permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado deproductos o servicios, sin incorporar elementos adicionales que lo doten de distintividad. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, alegando lo que considere adecuado