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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ENOART.


Solicitud de marca suspendida

ENOART

Expediente:  M-4363634

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9162919

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4363634

Fecha de resolución:  14/04/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la Clase 33:- "BEBIDAS ALCOHOLICAS (EXCEPTO CERVEZAS), VINOS, LICORES Y ESPIRITUOSOS" es impreciso. Debe eliminar "BEBIDAS ALCOHOLICAS (EXCEPTO CERVEZAS)" ya que lo ha incluido anteriormente. Debe separar con punto y coma (;) los productos y debe sustituir el término "ESPIRITUOSOS" por "BEBIDAS ESPIRITUOSAS". Pod ría quedar definido: "VINOS; LICORES; BEBIDAS ESPIRITUOSAS".En la Clase 41:-"DISCIPLINA ARTI STICA MULTIDISCIPLINAR PARA LA CREACION DE VINOS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS (SIN ESCINDIR CONTINENTE Y CO NTENIDO) ENTENDIDOS COMO OBRAS DE ARTE, EN LA QUE INTERVIENEN PRINCIPALMENTE EL COUPAGE, EL DISEÑO, LAS ARTES PLASTICAS Y LA LITERATURA SERVICIOS, ACTIVIDADES Y EVENTOS ARTISTICOS, CULTURALES, EDUCATI VOS, FORMATIVOS Y DE ENTRETENIMIENTO RELACIONADOS CON LA CULTURA DEL VINO Y DE LAS BEBIDAS ALCOHOLIC AS" es impreciso. Debe concretar el servicio ajustándose a la Clasificación Internacional de Niza. Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afe ctados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista d e productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase r esultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente . Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTES TACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSP ENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 21/04/2026 Tomo: 1 Anuncio:9162919 

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