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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de junio del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ENERGIA JOVEN.


Suspenso de fondo de marca

ENERGIA JOVEN

Expediente:  M-4233485

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos y servicios de las clases 4 y 35 para los que se solicita, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que ladenominación "ENERGÍA JOVEN" se considera formada por términos genéricos para el ámbito aplicativo que pretende proteger la marca, relacionado con la energía. Consecuentemente, se considera que la marca no cumple con su función diferenciadora, individualizando los productos y servicios en el mercado de modo que el público pueda identificar su concreto origen empresarial. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar característicasconcretas de los productos y servicios de las clases 4 y 35 para los que se solicita la presente marca, tales como su especie y su destino, ya que la denominación "ENERGÍA JOVEN" indica el propio ámbito de la energía reivindicado, así como un público destinatario joven. Consecuentemente, se considera que la marca está formada por términos descriptivos sobre los que no cabe el establecimiento de derechos de utilización exclusiva, debiendo quedar a disposición de todos los competidores del sector

Identificado de publicación:  7982157

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4233485

Fecha de resolución:  14/06/2024

Clases:  04, 35

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 21/06/2024 Tomo: 1 Anuncio:7982157 

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