Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de marzo del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ENEDELRIO.
Expediente: N-0485848
Tipo Marca: Otras
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Descripcion Distintivo: Marca de peluqueria y barberia genderless donde se reivindica que el estilo no tiene genero
Identificado de publicación: 9101797
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0485848
Fecha de resolución: 17/03/2026
Clases: 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los servicios solicitados, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que consiste en una frase eslogan o reclamo, que constituye alusión a características de las actividades reivindicadas y que el consumidor percibirá como un reclamo publicitario y no como un signo distintivo capaz de distinguir la actividad de una empresa Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, alegando lo que considere adecuado