Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ELYNZZÉA ADVANCE CENTRO MÉDICO ESTÉTICO, bajo la titularidad de ELARA ADVANCE SL.
Expediente: M-4354411
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9081457
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4354411
Fecha de resolución: 09/03/2026
Irregularidades: 1-La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17 /2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: - Toda la clase 3 es imprecisa ya que los productos tienen que estar separados por ";" no por ","Apórtese un nu evo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se ten drá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y serv icios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abo nar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s q ue no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.2-La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 d e su Reglamento). En concreto: Clase 3:-"productos de perfumería" es impreciso.Apórtese un n uevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se te ndrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9. 6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y ser vicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá ab onar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanas e en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.3-La lista de productos y servicios contiene p roductos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 3-"aceites esenciales" debe quedar definido como "Aceites esenciales para uso cosmético".-"serum" debe quedar definido como "Serum para calma r la piel [cosmético]"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanase n en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los pro ductos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR pa ra elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPo r cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se reali zan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solic itud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defec tos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas