Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de junio del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo el Perol conservas agroecológicas hechas a mano, bajo la titularidad de EL PEROL COOP.
Expediente: M-4238495
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: EL PEROL COOP
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso, para los productos solicitados en la clase 29, en la prohibición del artículo 5.1.f) de la Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas, por ser contrario al art. 30 del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobreproducción ecológica y etiquetado de los productos, que reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" o "bio", para identificar la producción ecológica. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos indicando que "todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018". 02) - El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre las características y el proceso de producción de los productos solicitados, toda vez que la denominación contiene el término "ecológicas", mientras que el signo se está solicitando para productos en la clase 29 en general, sinespecificar que estos han sido obtenidos por métodos de producción ecológica. La forma de subsanar esta prohibición es la misma indicada para la prohibición del art. 5.1.f), señalada en el párrafo anterior.- Así mismo, la marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza y la calidad de los productos de la clase 29 para los que se solicita; toda vez que el signo solicitado contiene el término "hechas a mano", que indica al público que los productos se elaboran a mano, lo cual es apreciado como una especial calidad. Por ello, y para evitar discordancias entre lo que indica el signo y las características concretas de los productos, que puedan influir de manera engañosa en la demanda, la lista de productos debe quedar limitada a aquellos elaborados a mano.Quedando la lista de productos y servicios como sigue:Clase 29: Jaleas, mermeladas, compotas, frutas y verduras para untar; Mermeladas; Mermeladas de cítricos; Mermeladas de frutas; Conservas de fruta; Conservas de frutas; Conservas de tomate; Conservas de verduras. Todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018 y han sido elaborados a mano. 03) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/patatas-fritas-el-perol/oepm/m-2926234/" title="Detalle de la marca PATATAS FRITAS EL PEROL">PATATAS FRITAS EL PEROL</a>PATATAS FRITAS EL PEROL
Identificado de publicación: 7990180
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4238495
Fecha de resolución: 19/06/2024
Clases: 29