Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de noviembre del 2021 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo EL CEREBRO DEL NIÑO EXPLICADO A LOS PADRES, bajo la titularidad de PLATAFORMA EDITORIAL SL.
Expediente: M-4110648
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6484483
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4110648
Fecha de resolución: 10/11/2021
Clases: 09, 16, 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los servicios no están correctamente definidos. Enconcreto, dentro de la clase 41, donde indica "servicios de publicación y edición de archivos y contenidos multimedia como libros, audiolibros y podcasts, consultoría y asesoría en aptitudes y habilidades de comunicación" debe solicitarlo enumerando los servicios separados por ; deberá ajustarlo como: servicios de publicación y edición de archivos y contenidos multimedia como libros, audiolibros y podcasts; consultoría y asesoría en aptitudes y habilidades de comunicación. Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa, para los productos solicitados, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que consiste exclusivamente en los términos: "EL CEREBRO DEL NIÑO EXPLICADO A LOS PADRES", sinque contenga ningún otro elemento gráfico o denominativo que permita al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial
Motivos: 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza y la finalidad de los productos o servicios para los que se solicita la presente marca