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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 30 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo EDN CONSULTING, bajo la titularidad de LUCAS ROS CONSULTING SL.


Suspenso de fondo de marca

EDN CONSULTING

Expediente:  N-0491941

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Titular:  LUCAS ROS CONSULTING SL

Identificado de publicación:  9363008

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0491941

Fecha de resolución:  23/07/2026

Clases:  41

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La lista de servicios contiene servicios clasificados y/o definidos incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"Servicios de consultoría, formación profesional, orientación laboral y asesoramiento a empresas en el ámbito educativo y organizativo" es impreciso y está mal clasificado. Puede redefinirse como:"servicios de consultoría sobre organización empresarial; servicios de orientación laboral" dentro de la clase 35."formación profesional; asesoramiento educativo para empresas" pertenecen a la clase 41.NOTA: se recomienda no usar herramientas de inteligencia artificial para generar el listado de productos y servicios al ofrecer dichas herramientas resultados que no son aceptados por la clasificación de Niza y armonizada.Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 30/07/2026 Tomo: 1 Anuncio:9363008 

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