Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de junio del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ECOSALUDONLINE NUTRICION Y CUIDADO PERSONAL, bajo la titularidad de MODESTA DE INVERSIONES SL.
Expediente: N-0474971
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: MODESTA DE INVERSIONES SL
Identificado de publicación: 8581278
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0474971
Fecha de resolución: 28/05/2025
Clases: 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los servicios solicitados de la clase 35,en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que se encuentra formado por términos genéricos para la clase solicitada, los cuales no permiten garantizar la identidad de la procedencia comercial de los servicios para el consumidor final. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, elsigno solicitado puede inducir al público a error sobre las características de los productos que incluyen los servicios solicitados, toda vez que la denominación incluye el término (ECO), que inducea pensar que los servicios reivindicados son prestados utilizando productos procedentes de la agricultura ecológica, cuando ello no ha sido expresamente indicado en la lista de servicios. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de servicios indicando que "todos los productos anteriores han sido elaborados con ingredientes procedentes de la agricultura ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018"