Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ECORTCCAR.
Expediente: M-4268268
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre sobre las características de los productos solicitados, toda vez que la denominación incluye la abreviatura ECO (ecológico), que induce a pensar que los servicios reivindicados son prestadosde forma respetuosa con el medio ambiente, cuando ello no ha sido expresamente indicado en la listade servicios. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos indicando al final de la lista lo siguiente: "todos ellos prestados de forma respetuosa con el medio ambiente"
Identificado de publicación: 8385828
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4268268
Fecha de resolución: 03/03/2025
Clases: 03