Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 29 de noviembre del 2021 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Ecodream.
Expediente: M-4112002
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6508916
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4112002
Fecha de resolución: 22/11/2021
Clases: 20
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.g) de la Ley 17/2001 de7 de Diciembre, al poder inducir al público a error sobre la naturaleza o calidad de los productos solicitados en ser contrario a la normativa comunitaria, toda vez que en el Reglamento 2018/848, delParlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado delos productos ecológicos, reserva el término "ecológico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" (o "biológico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "bio" / u "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "organic", etc) paraidentificar la producción ecológica. En consecuencia, se podrá subsanar el defecto mencionado, limitando los productos objeto de suspenso, en el sentido de concretar que se trata de productos "obtenidos por métodos de producción ecológica"