Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de junio del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ecocan.
Expediente: N-0476442
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8625656
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0476442
Fecha de resolución: 18/06/2025
Clases: 43
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, elsigno solicitado puede inducir al público a error sobre las características de los servicios solicitados, toda vez que la denominación incluye el término "eco", que induce a pensar que los serviciosreivindicados son prestados de forma respetuosa con el medio ambiente, cuando ello no ha sido expresamente indicado en la lista de servicios. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de servicios: "Servicios de residencias caninas prestados de forma respetuosacon el medio ambiente"