Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 07 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo EBE BY.ESENCIA.ETEREA.
Expediente: M-4326075
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8772833
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4326075
Fecha de resolución: 30/09/2025
Irregularidades: 1.Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" SÓLO los correspondientes apellidos y en la casilla "N OMBRE" SÓLO el nombre del solicitante.2.Debe cambiar el tipo de signo a FIGURATIVO haciendo un comentario al respecto en la casilla ALEGACIONES.3.Debe cumplimentar la casilla "DENOMINAC IÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo . En el presente caso, debe aparecer "EBE BY.ESENCIA.ETEREA".4.Debe corregir el apartado " reivindicación de color" indicando exclusivamente los colores que se visualizan en el distintivo. E n su caso, debe añadir "tono morado degradado".Este apartado es facultativo por lo que puede elimina r estas indicaciones.5.El apartado "DESCRIPCIÓN" es de cumplimentación facultativa o voluntari a. En caso de indicar una descripción ésta debe limitarse EXCLUSIVAMENTE a definir las característic as del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Al ser voluntaria, no es necesaria su cumplimentación . 6.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y clasificado s incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglament o). En concreto:CLASE 41:-"redes sociales" debe quedar definido como "servicio de redes soci ales en línea" y pertenece a la clase 45.CLASE 44:-"Terapias holísticas" debe definirse como "orientación sobre psicología holística".Por cada nueva clase resultante deberá abonar e uros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctam ente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSE RECUERDA QU E COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALAD OS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REG LAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS