Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de noviembre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo DULCEVA BOMBONES ARTESANOS.
Expediente: N-0480741
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8827009
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0480741
Fecha de resolución: 28/10/2025
Clases: 30
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para "productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos y otros helados" en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art.88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos oservicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error la naturaleza y la calidad de los productos que se pretenden distinguir, dado que la denominación incluye los términos "BOMBONES ARTESANOS", y se está solicitando para "productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos y otros helados" en general, y sin especificar que dichos productos están elaborados artesanalmente.Este motivo de suspenso puede subsanarse mediante la presentación de una limitación de los productos solicitados en clase 30 a "PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA ELABORADOS DE FORMA ARTESANAL; CHOCOLATE ELABORADO DE FORMA ARTESANAL; HELADOS CREMOSOS Y OTROS HELADOS ELABORADOS DE FORMA ARTESANAL", a cuyos efectos deberá aportar la hoja correspondiente de la instancia de solicitud conteniendo la lista de productos debidamente modificada, incluyendo los productos correctos.Por lo que, lo solicitado, quedaríade la siguiente forma:Clase 30: PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA ELABORADOS DE FORMA ARTESANAL; CHOCOLATE ELABORADO DE FORMA ARTESANAL; HELADOS CREMOSOS Y OTROS HELADOS ELABORADOS DE FORMA ARTESANAL; CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUS SUCEDÁNEOS; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN; SORBETES; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, PRODUCTOS PARA SAZONAR, ESPECIAS, HIERBAS EN CONSERVA; VINAGRE, SALSAS Y OTROS CONDIMENTOS; HIELO