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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo DUCHASTOCK.


Solicitud de marca suspendida

DUCHASTOCK

Expediente:  M-4345998

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9023483

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4345998

Fecha de resolución:  12/02/2026

Irregularidades:  Debe indicar la forma jurídica de la entidad solicitante. Si la misma no forma parte de la denominac ión social, se puede indicar entre paréntesis. Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" trans cribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo. En el dis tintivo se observa la denominación "DUCHASTOCK REFORMA DISEÑO Y DECORACIÓN". La lista de produc tos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de dicie mbre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -"Servicios de venta y comercializació n de materiales de baño, mamparas, grifería y revestimientos" es impreciso. deberá especificarse si se realiza al por menor, al por mayor o ambasLa lista de productos y servicios contiene product os y/o servicios clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Ma rcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"Decoración de interiores" pertenece a la clase 42. No se admiten productos/servicios en idiomas distintos del castellano que no estén en la Clasifi cación (renders).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los producto s y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realiz an electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la soli citud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se rec uerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9023483 

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