Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 30 de mayo del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo DOSIMUR SL.
Expediente: M-4311444
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8569218
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4311444
Fecha de resolución: 23/05/2025
Irregularidades: En la casilla de denominación social, debe indicar la naturaleza jurídica de la empresa (añadir SL). Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o a lfanuméricos que aparecen en el distintivo.En caso de no contestar al suspenso se procederá a ca mbiar de oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se puedan apreciar.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos seña lados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.La lista de product os y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12. 3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "Máqu inas,máquinas herramientas y herramientas mecánicas" debe quedar definido como "máquinas herramienta s y herramientas mecánicas".- "Máquinas industriales, en concreto máquinas automáticas para dosifi car productos, máquinas automáticas de llenado, máquinas automáticas para el taponado de envases, má quinas automáticas para el etiquetado de envases, maquinaria industrial para líneas automáticas de e nvasado" es impreciso. Debe ajustar los productos a las posiciones de la clasificación de Niza.S i no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente r especto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listad o consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramient a CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inici o.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsa nando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según estable ce el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas. Por cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese a bonado la totalidad de la tasa