Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo DONIÑOS ATLANTICO.
Expediente: N-0496852
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9173299
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0496852
Fecha de resolución: 17/04/2026
Irregularidades: 1.- Debe indicar el nombre y apellidos del solicitante en las casillas correspondientes, de manera q ue quede correctamente identificado.2.- La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos Y/O clasificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembr e, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 43:-"ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS" puede quedar definido como "Reservas de alojamiento turístico"-"ESTABLECIMIENTOS DE BEBIDAS" es imprecis o, puede quedar definido como "Servicio de bebidas en cervecería con bar"- "CAMPING Y APARCAMIENTO CARAVANAS" puede quedar definido como "Reserva de alojamiento en camping y facilitación de las inst alaciones para aparcamiento de caravana"- "COMERCIO MENOR ESTABLECIMIENTOS NO ESPECIALIZADOS" es i mpreciso, debe revisar los productos y/o servicios incluidos en la misma de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. Podría quedar definido como "Servicios de venta al por menor en comercio de (indicando los producto que se someten a dicha venta ) que pertenece a la clase 35 Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se s ubsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio. actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsana ndo los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas