Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo DominaInternet.
Expediente: M-4305888
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que, la denominación que se propone "DominaInternet", no permite deducir un origen empresarial ni distinguir sus servicios dentro del mercado respecto de otras empresas que operan en el mismo sector comercial.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posiblesdefectos o alegando lo que considere adecuado. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan de signos o indicaciones que puedan servir en elcomercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar los servicios que solicita y sus característicasya que la denominación "DominaInternet", es descriptiva para los servicios solicitados en las clases 35, 41 y 42 y sus características o finalidad. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8987082
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4305888
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 27/01/2026
Clases: 35, 41, 42