Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Docentes de la Biología de la Comunidad de Madrid, bajo la titularidad de COLEGIO OFICIAL DE BIOLOGOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Expediente: M-4318656
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: COLEGIO OFICIAL DE BIOLOGOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos en relación con los arts. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001,de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), ya que los servicios no están correctamente definidos.En concreto, los servicios de "orientación profesional" solicitados para la clase 41 adolecen de imprecisión, dado que no se especifica la naturaleza de los mismos. Por ello debe especificar esta naturaleza, podría quedar definido como "Servicios de orientación profesional [educación]", en la misma clase 41 o como "Servicios de orientación profesional [gestión de personal]" en la clase 35.Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los servicios solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente siguiendo la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento).Si desea consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo anuestra página web: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action. 02) La marca solicitada se halla incursa, para los servicios de las clases 41 y 45 para los que se solicita, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la denominación "Docentes de la Biología de la Comunidad de Madrid" se considera formada por términos corrientes para el ámbito aplicativo que pretende proteger la marca. Consecuentemente, se considera que la marca no cumple con su función diferenciadora, individualizando los servicios en el mercado de modo que el público pueda identificar su concreto origen empresarial. 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar característicasconcretas de los servicios de las clases 41 y 45 para los que se solicita la presente marca, tales como su naturaleza y su destino, ya que la denominación "Docentes de la Biología de la Comunidad de Madrid" indica servicios de formación en el ámbito de la biología, así como servicios de asesoramiento jurídico para los profesionales de la misma. Consecuentemente, se considera que la marca está formada por términos descriptivos sobre los que no cabe el establecimiento de derechos de utilización exclusiva, debiendo quedar a disposición de todos los competidores del sector
Identificado de publicación: 9044827
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4318656
Fecha de resolución: 20/02/2026
Clases: 41, 45